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capítulo IV. objetivos estratégicos y medidas
poder y toma de decisiones
181. La Declaración Universal de Derechos Humanos establece
que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
El empoderamiento y la autonomía de las mujeres y la mejora de su
situación social, económica y política son fundamentales para el
logro de un gobierno y una administración transparentes y responsables
y para el desarrollo sostenible en todas las esferas de la vida. Las
relaciones de poder que impiden que las mujeres puedan ejercerlo
plenamente funcionan a muchos niveles de la sociedad, desde lo público
a lo personal. Conseguir el objetivo de la igualdad de participación de
mujeres y hombres en la toma de decisiones proporcionará un equilibrio
que reflejará de manera más adecuada la composición de la sociedad y
es necesario para promover el buen funcionamiento de la democracia. Sin
este equilibrio es muy poco probable la integración real de la dimensión
de igualdad en la formulación de políticas gubernamentales. A ese
respecto, la igual participación de las mujeres en la vida política
juega un papel crucial en el proceso general de avance de las mujeres.
La participación igualitaria de las mujeres en la toma de decisiones no
es sólo una exigencia básica de justicia o democracia sino que puede
considerarse una condición necesaria para que los intereses de las
mujeres se tengan en cuenta. Sin la participación activa de las mujeres
y la incorporación de sus puntos de vista a todos los niveles del
proceso de toma de decisiones, no se podrán conseguir los objetivos de
igualdad, desarrollo y paz.
182. A pesar de que en la mayoría de los países se han
desarrollado procesos de democratización, las mujeres siguen estando
insuficientemente representadas en casi todos los niveles de gobierno,
sobre todo a nivel ministerial y de otros órganos ejecutivos, y se han
conseguido pocos avances en cuanto a espacios de poder político en los
órganos legislativos y en lo que respecta al cumplimiento del objetivo
aprobado por el Consejo Económico y Social de que para 1995 tenía que
haber un 30 por 100 de mujeres en puestos directivos. A nivel mundial, sólo
un 10 por 100 de los escaños de los órganos legislativos y un
porcentaje inferior de los cargos ministeriales están ocupados por
mujeres. De hecho, en algunos países, incluso en los que están
experimentando cambios políticos, económicos y sociales fundamentales,
ha disminuido significativamente el número de mujeres representadas en
los órganos legislativos. Aunque las mujeres constituyen, por lo menos,
la mitad del electorado de casi todos los países y han conseguido el
derecho al voto y a desempeñar cargos públicos en casi todos los
Estados Miembros de las Naciones Unidas, la proporción de candidatas a
cargos públicos es muy insuficiente. Los modos tradicionales de muchos
partidos políticos y estructuras gubernamentales siguen siendo un obstáculo
para la participación de las mujeres en la vida pública. Las actitudes
y prácticas discriminatorias, las responsabilidades familiares y el
cuidado de hijas e hijos, y el elevado costo que supone aspirar a cargos
públicos y mantenerse en ellos, son factores que pueden disuadir a las
mujeres de ocupar puestos políticos. Las mujeres que ocupan estos
puestos políticos y de toma de decisiones en los gobiernos y órganos
legislativos, contribuyen a redefinir las prioridades políticas al
incluir en los programas de los gobiernos nuevos temas que atienden y
responden a las cuestiones específicas de género, a los valores y las
experiencias de las mujeres y ofrecen nuevos puntos de vista sobre
cuestiones políticas generales.
183. Las mujeres han demostrado capacidad de liderazgo en
organizaciones no gubernamentales y comunitarias, y también en cargos públicos.
Sin embargo, la socialización y los estereotipos negativos sobre las
funciones de mujeres y hombres, que incluso difunden los medios de
comunicación, refuerzan la tendencia a que las decisiones políticas
sigan siendo predominantemente una tarea de los hombres. Asimismo, la
escasa representación de las mujeres en puestos directivos en el campo
de las artes, la cultura, los deportes, los medios de comunicación, la
educación, la religión y el derecho, ha impedido a las mujeres
desarrollar su influencia en muchas instituciones clave.
184. Debido a su acceso limitado a las vías tradicionales de
poder, como son, por ejemplo, los órganos de decisión de los partidos
políticos, las organizaciones patronales y los sindicatos, las mujeres
han conseguido acceder al poder a través de estructuras alternativas,
particularmente en el sector no gubernamental. A través de estas
organizaciones no gubernamentales y populares, las mujeres han podido
expresar sus intereses y preocupaciones e incluir estas cuestiones en
las agendas nacionales, regionales e internacionales.
185. La desigualdad en el ámbito público tiene muchas veces
su origen en las actitudes y prácticas discriminatorias y en el
desequilibrio en las relaciones de poder entre mujeres y hombres que
existen en el seno de la familia, como se describe en el párrafo 29. La
división desigual del trabajo remunerado y de las responsabilidades de
los hogares, basada en unas relaciones de poder también desiguales,
limita las posibilidades de las mujeres de encontrar tiempo y
desarrollar las capacidades necesarias para participar en el proceso de
toma de decisiones en ámbitos públicos más amplios. Un reparto más
igualitario de dichas responsabilidades entre mujeres y hombres
proporciona no sólo una mejor calidad de vida para las mujeres y para
sus hijas, sino también mayores oportunidades de configurar y elaborar
políticas públicas, líneas de trabajo y presupuestarias, de forma que
sus intereses puedan ser reconocidos y tenidos en cuenta. Las redes y
otros mecanismos no oficiales de toma de decisiones a nivel local, que
reflejan un espíritu predominantemente masculino, restringen la
capacidad de las mujeres de participar en igualdad en la vida política,
económica y social.
186. La baja proporción de mujeres entre las personas
encargadas de adoptar decisiones económicas y políticas a los niveles
local, nacional, regional o internacional, refleja las barreras
estructurales e ideológicas que deben superarse mediante la adopción
de medidas de acción positiva. Los Gobiernos, las empresas
transnacionales y nacionales, los medios de comunicación, la banca, las
instituciones académicas y científicas y las organizaciones regionales
e internacionales, incluidas las del sistema de Naciones Unidas, no se
benefician plenamente de las aptitudes que tiene las mujeres para la
administración de alto nivel, la formulación de políticas, la
diplomacia y la negociación.
187. La distribución equitativa del poder y del proceso de
toma de decisiones a todos los niveles, depende de que los Gobiernos y
otros agentes realicen análisis estadísticos de género, e incorporen
una perspectiva de género al proceso de formulación de políticas y de
ejecución de programas a todos los niveles. La igualdad en el ejercicio
del poder y la toma de decisiones es esencial para el empoderamiento de
las mujeres. En algunos países, el establecimiento de medidas de acción
positiva ha llevado a una representación de las mujeres en los
Gobiernos, a nivel local y nacional, de al menos, un 33,3 por 100.
188. Los institutos de estadística nacionales, regionales e
internacionales no han sabido incorporar todavía las cuestiones
relacionadas con la igualdad entre mujeres y hombres en las esferas económica
y social. En concreto, apenas se utilizan las bases de datos y las
metodologías existentes en un campo de actividad tan importante como es
el proceso de toma de decisiones.
189.
Al abordar la cuestión de la desigualdad entre mujeres y hombres en el
reparto del poder y en la toma de decisiones a todos los niveles, los
Gobiernos y otros agentes deben promover una política activa y visible
que incorpore la perspectiva de género en todas las políticas y
programas de modo que se analicen sus efectos sobre mujeres y hombres,
respectivamente, antes de tomar decisiones.
Objetivo estratégico
G.1.

Adoptar
medidas especiales para garantizar la igualdad de acceso y la plena
participación de las mujeres en las estructuras de poder y en la toma
de decisiones
Medidas que han de adoptarse:
190. Medidas que han de adoptar los Gobiernos:
- Comprometerse a establecer como objetivo el equilibrio entre
mujeres y hombres en los órganos y comités gubernamentales, así
como en la administración pública y en la judicatura, incluidas,
entre otras cosas, la fijación de objetivos concretos y medidas de
aplicación, a fin de aumentar substancialmente el número de
mujeres con miras a lograr una representación paritaria de ambos
sexos mediante el establecimiento de medidas de acción positiva en
favor de las mujeres, cuando sea necesario, en todos los puestos de
gobierno y de la administración pública.
- Adoptar medidas, incluso en los sistemas electorales, cuando
proceda, que alienten a los partidos políticos a incorporar mujeres
en los puestos públicos electivos y no electivos en la misma
proporción y en las mismas categorías que los hombres.
- Proteger y promover la igualdad de derechos entre mujeres y
hombres en cuanto a su participación en actividades políticas, así
como su libertad de asociación, incluida su pertenencia a
sindicatos y partidos políticos.
- Examinar el efecto diferencial de los sistemas electorales en la
representación política de las mujeres en los órganos electivos y
examinar, cuando proceda, la posibilidad de ajustar o reformar esos
sistemas.
- Vigilar y evaluar los progresos logrados en la representación de
las mujeres mediante la recogida periódica, el análisis y la
difusión de datos cuantitativos y cualitativos sobre mujeres y
hombres a todos los niveles de los diversos puestos de toma de
decisiones, tanto en el sector público como privado, y difundir
anualmente datos sobre el número de mujeres y hombres que trabajan
para los Gobiernos, en sus diversos niveles; garantizar que exista
un igual acceso a toda la gama de cargos públicos para mujeres y
hombres, y establecer, dentro de las estructuras gubernamentales,
mecanismos que permitan supervisar los progresos realizados en este
sentido.
- Apoyar a las organizaciones no gubernamentales y los institutos de
investigación que realizan estudios sobre la participación y la
influencia de las mujeres en el contexto de la toma de decisiones y
en las propias decisiones.
- Alentar una mayor participación de las mujeres indígenas en la
toma de decisiones a todos los niveles.
- Promover y garantizar, según proceda, que las organizaciones que
reciban financiación pública adopten políticas y prácticas no
discriminatorias a fin de aumentar el número y elevar la categoría
de las mujeres en sus organizaciones.
- Reconocer que el reparto del trabajo y las responsabilidades
parentales entre mujeres y hombres, fomentan una mayor participación
de las mujeres en la vida pública, y adoptar medidas apropiadas
para lograr ese objetivo, incluidas aquellas medidas encaminadas a
hacer compatibles la vida familiar y la profesional.
- Procurar el equilibrio entre ambos sexos en las listas de las
candidaturas nacionales propuestas para su elección o nombramiento
para los órganos de las Naciones Unidas, los organismos
especializados y otras organizaciones autónomas del sistema de las
Naciones Unidas, especialmente para puestos de categoría superior.
191. Medidas que han de adoptar los partidos políticos:
- Considerar la posibilidad de examinar las estructuras y los
procedimientos de los partidos a fin de eliminar todas los aspectos
que discriminen directa o indirectamente a las mujeres en su
participación en la vida política.
- Considerar la posibilidad de establecer iniciativas que permitan a
las mujeres participar plenamente en todas las estructuras internas
de toma de decisiones y en los procesos de nombramiento por
designación o elección.
- Considerar la incorporación de la perspectiva de género en su
agenda política tomando medidas que permitan a las mujeres
participar en la dirección de los partidos políticos, en pie de
igualdad con los hombres.
192. Medidas que han de adoptar los Gobiernos, los órganos
nacionales, el sector privado, los partidos políticos, los sindicatos,
las organizaciones empresariales, las instituciones de investigación y
académicas, los organismos subregionales y regionales e internacionales
y las organizaciones no gubernamentales :
- Adoptar medidas positivas para conseguir que exista un número
representativo de mujeres dirigentes, ejecutivas y administradoras
en puestos estratégicos de toma de decisiones.
- Crear o fortalecer, según proceda, mecanismos para supervisar el
acceso de las mujeres a los niveles superiores de toma de
decisiones.
- Revisar los criterios de contratación y nombramiento para los órganos
consultivos y de toma de decisiones y de promoción para puestos de
alto nivel, con el fin de garantizar que tales criterios sean
pertinentes y no discriminen a las mujeres.
- Alentar los esfuerzos de las organizaciones no gubernamentales,
los sindicatos y el sector privado para conseguir la igualdad entre
mujeres y hombres en sus distintas categorías, incluida la
participación en sus órganos de toma de decisiones y en las
negociaciones, en todos los sectores y a todos los niveles.
- Desarrollar estrategias de comunicación para fomentar el debate público
sobre los nuevos papeles de mujeres y hombres en la sociedad y en la
familia, tal y como se indica en el párrafo 29.
- Reestructurar los programas de contratación y desarrollo
profesional para velar por que las mujeres, y especialmente las jóvenes,
tengan igualdad de acceso a la formación en materia de gestión y
conocimientos empresariales, técnicos y de dirección y a la propia
experiencia de trabajo.
- Desarrollar programas de especialización profesional para mujeres
de todas las edades, mediante la planificación y la orientación
profesional, las técnicas de búsqueda de empleo, el asesoramiento,
la formación y el reciclaje profesional.
- Alentar y apoyar la participación de las organizaciones no
gubernamentales de mujeres en las conferencias de las Naciones
Unidas y en sus procesos preparatorios.
- Proponer como objetivo, y apoyar, el equilibrio entre mujeres y
hombres en la composición de las delegaciones ante las Naciones
Unidas y en otros foros internacionales.
193. Medidas que han de adoptar las Naciones Unidas:
- Aplicar las políticas y medidas existentes y adoptar otras nuevas
en materia de empleo, a fin de lograr una igualdad entre mujeres y
hombres en su conjunto, especialmente en el cuadro orgánico y las
categorías superiores para el año 2000, teniendo debidamente en
cuenta la importancia de contratar personal con arreglo a una
distribución geográfica lo más amplia posible, de conformidad con
el párrafo 3 del Artículo 101 de la Carta de las Naciones Unidas.
- Desarrollar mecanismos que favorezcan la candidatura de mujeres en
los nombramiento a puestos superiores en las Naciones Unidas, en los
organismos especializados y en otros organismos y órganos del
sistema de las Naciones Unidas.
- Seguir reuniendo y difundiendo datos cuantitativos y cualitativos
sobre las mujeres y hombres en el proceso de toma de decisiones y
analizar su diferente impacto en las decisiones y vigilar los
progresos realizados hacia el logro del objetivo de la Secretaría
General de que, para el Año 2000, el 50 por 100 de los puestos
administrativos y de toma de decisiones estén ocupados por mujeres.
194. Medidas que han de adoptar las organizaciones de mujeres,
las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos, los
interlocutores sociales, las entidades productivas, las organizaciones
empresariales y profesionales:
- Fomentar y reforzar la solidaridad entre las mujeres mediante la
información, la educación y las actividades de sensibilización.
- Promover a las mujeres, en todos los niveles, para que puedan
influir en las decisiones, procesos y sistemas políticos, económicos
y sociales, y trabajar en el sentido de responsabilizar y pedir
cuentas a las personas representantes electas en lo relativo a su
compromiso con las cuestiones de género.
- Establecer,
conforme a las leyes sobre la protección de los datos, bases de
datos sobre mujeres con sus perfiles profesionales para utilizarlos
en las designaciones a puestos superiores de toma de decisiones y de
consultorías, para difundirlos entre los Gobiernos, las
organizaciones regionales e internacionales, la empresa privada, los
partidos políticos y otros órganos pertinentes.
Objetivo estratégico
G.2.

Aumentar
las posibilidades de participación de las mujeres en la toma de
decisiones y en los niveles directivos
Medidas que han de adoptarse:
195. Medidas que han de adoptar los Gobiernos, los organismos
nacionales, el sector privado, los partidos políticos, los sindicatos,
las organizaciones empresariales, los organismos subregionales,
regionales e internacionales, las organizaciones no gubernamentales y
las instituciones de enseñanza:
- Proporcionar formación en liderazgo y autoestima para mujeres y
niñas, en particular para aquellas que tienen necesidades específicas,
para las mujeres con discapacidades y para aquellas que pertenecen a
minorías raciales y étnicas, con el fin de alentarlas a ocupar
puestos relevantes en el proceso de toma de decisiones.
- Aplicar criterios transparentes para el acceso a los puestos de
toma de decisiones y garantizar que los órganos de selección
tengan una composición equilibrada de mujeres y hombres.
- Crear un sistema de asesoramiento para las mujeres que carecen de
experiencia y en particular, ofrecer formación que incluya técnicas
para el acceso a los puestos directivos y de decisión, para la
autoafirmación y la actividad pública así como en lo que respecta
a su participación en las campañas políticas.
- Proporcionar una formación de género, tanto a mujeres como a
hombres, con el fin de fomentar unas relaciones de trabajo no
sexistas y el respeto por la diversidad en los estilos de trabajo y
de administración.
- Desarrollar
mecanismos y proporcionar formación para alentar a las mujeres a
que participen en los procesos electorales, las actividades políticas
y otros ámbitos de dirección.
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