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capítulo VI. disposiciones
financieras
345.
Los recursos financieros y humanos han sido insuficientes, en general,
para el avance de las mujeres. Esto ha contribuido al lento progreso
alcanzado hasta la fecha en la aplicación de las Estrategias de Nairobi
Orientadas hacia el Futuro para el Avance de las Mujeres. Para aplicar
plena y eficazmente la Plataforma para la Acción, incluyendo los
compromisos pertinentes contraídos en cumbres y conferencias anteriores
de las Naciones Unidas, se requerirá el compromiso político de aportar
los recursos humanos y financieros necesarios para el empoderamiento de
las mujeres. Esto requiere que se integre una perspectiva de género en
las decisiones presupuestarias sobre políticas y programas al mismo
tiempo que una financiación adecuada de los programas específicos
encaminados a lograr la igualdad entre mujeres y hombres. Para aplicar
la Plataforma para la Acción, será preciso identificar y movilizar
fondos de todas las fuentes y de todos los sectores. Puede ser necesario
reformular las políticas y reasignar recursos dentro de los programas y
entre ellos, aunque es probable que haya modificaciones de políticas
que no tengan consecuencias financieras. También se necesitará
movilizar recursos adicionales, tanto públicos como privados, incluidos
recursos provenientes de fuentes innovadoras de financiación.
A nivel nacional

346. La responsabilidad principal de la aplicación de los
objetivos estratégicos de la Plataforma para la Acción corresponde a
los Gobiernos. Para lograr esos objetivos, los Gobiernos deberán tomar
medidas para revisar sistemáticamente en qué medida las mujeres se
benefician del gasto público; ajustar los presupuestos para lograr la
igualdad de acceso de mujeres y hombres al gasto del sector público,
tanto para aumentar la capacidad productiva como para satisfacer las
necesidades sociales; y lograr los compromisos en materia de género
contraídos en otras cumbres y conferencias de las Naciones Unidas. Para
desarrollar con éxito las estrategias nacionales de aplicación de la
Plataforma para la Acción, los Gobiernos deberán asignar suficientes
recursos, incluidos los necesarios para llevar a cabo análisis del
impacto de género. Los Gobiernos también deberán alentar a las
organizaciones no gubernamentales, al sector privado y a otras
instituciones a que movilicen recursos adicionales.
347. Deberán asignarse recursos suficientes a los mecanismos
nacionales para el avance de las mujeres, así como a todas las
instituciones, cuando proceda, que puedan contribuir a la aplicación y
seguimiento de la Plataforma para la Acción.
348. Donde aún no se hayan establecido mecanismos nacionales
para el avance de las mujeres, o donde todavía no estén establecidos
de manera permanente, los Gobiernos deberán hacer todo lo posible por
destinar recursos suficientes y constantes a esos fines.
349. Para facilitar la aplicación de la Plataforma para la
Acción, los Gobiernos deberán reducir, según resulte apropiado, los
gastos militares excesivos y las inversiones para la producción y
adquisición de armas, de manera compatible con las necesidades de
seguridad nacional.
350.
Debería alentarse a las organizaciones no gubernamentales, al sector
privado y a otros integrantes de la sociedad civil a que estudien la
posibilidad de asignar los recursos necesarios para la aplicación de la
Plataforma para la Acción. Los Gobiernos deberán crear un entorno
favorable para la movilización de recursos por las organizaciones no
gubernamentales, en particular las organizaciones y redes de mujeres,
grupos feministas, el sector privado y otros integrantes de la sociedad
civil a fin de permitirles contribuir a este objetivo. Debería
fortalecerse y aumentarse la capacidad de las organizaciones no
gubernamentales en este sentido.A
nivel regional

351. Se debería solicitar a los bancos de desarrollo
regionales, las asociaciones empresariales regionales y otras
instituciones regionales que contribuyan y ayuden a movilizar recursos
para la aplicación de la Plataforma para la Acción en sus actividades
de concesión de créditos y de otro tipo. También se les debería
alentar a que tomen en cuenta la Plataforma para la Acción en sus políticas
y modalidades de financiación.
352.
Los organismos subregionales y regionales y las comisiones regionales de
las Naciones Unidas deberán prestar asistencia, en caso necesaria y en
el marco de sus actuales competencias, en la movilización de fondos
para la aplicación de la Plataforma para la Acción.A
nivel internacional

353. Se deberán asignar recursos financieros adecuados a
nivel internacional, para la aplicación de la Plataforma para la Acción
en los países en desarrollo, en particular en África y en los países
menos avanzados. Para fortalecer la capacidad nacional de aplicar la
Plataforma para la Acción de los países en desarrollo, será necesario
esforzarse por alcanzar el objetivo convenido del 0,7% del Producto
Nacional Bruto de los países desarrollados, para ayuda oficial al
desarrollo a la mayor brevedad posible, así como aumentar el porcentaje
de financiación correspondiente a las actividades destinadas a aplicar
la Plataforma para la Acción. Además, los países que brindan
cooperación para el desarrollo deberán realizar un análisis crítico
de sus programas de asistencia con miras a mejorar la calidad y la
eficacia de la ayuda mediante la integración de la perspectiva de género.
354. Se debería invitar a las instituciones financieras
internacionales, incluido el Banco Mundial, el Fondo Monetario
Internacional, el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola y los
bancos regionales de desarrollo, a que examinen sus préstamos y ayudas,
y a situarlas en programas que tienen por objeto la aplicación de la
Plataforma para la Acción, especialmente en África y en los países
menos avanzados.
355. El sistema de las Naciones Unidas debería proporcionar
cooperación técnica y otras formas de ayuda a los países en
desarrollo, en particular en África, y a los países menos avanzados,
para la aplicación de la Plataforma para la Acción.
356. La aplicación de la Plataforma para la Acción en los países
con economías en transición requerirá asistencia y cooperación
internacional constante. Las agencias y órganos del sistema de las
Naciones Unidas, incluidos los organismos técnicos y sectoriales, deberán
facilitar las actividades de elaboración y aplicación de políticas y
programas para el avance de las mujeres en esos países. A este efecto,
se debería invitar al Fondo Monetario Internacional y al Banco Mundial
a que apoyen esas actividades.
357. Deberán llevarse a la práctica las conclusiones de la
Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, en lo que respecta a la gestión
y reducción de la deuda, así como los resultados de otras cumbres y
conferencias organizadas por las Naciones Unidas, con miras a facilitar
la realización de los objetivos de la Plataforma para la Acción.
358. Para facilitar la aplicación de la Plataforma para la
Acción, los países desarrollados y los países en desarrollo
interesados en contraer el compromiso mutuo de asignar, en promedio, el
20% de la ayuda oficial al desarrollo y el 20% del presupuesto nacional
a programas sociales básicos, deberán tener en cuenta una perspectiva
de género.
359. Los fondos de desarrollo y los programas del sistema de
las Naciones Unidas deberán emprender de inmediato un análisis sobre
la medida en que sus programas y proyectos están orientados a la
aplicación de la Plataforma para la Acción y asegurar, en el próximo
período de programación, la idoneidad de los recursos destinados a la
eliminación de las disparidades entre mujeres y hombres en sus
actividades de asistencia técnica y financiación.
360. En reconocimiento de las funciones de los fondos,
programas y agencias especializadas de las Naciones Unidas, en
particular las funciones especiales del UNIFEM y el INSTRAW en el
empoderamiento de las mujeres y, como tal, en la aplicación de la
Plataforma para la Acción, dentro de sus respectivas competencias, que
son entre otras, la investigación, las actividades de formación e
información para el avance de las mujeres, y la prestación de
asistencia técnica y financiera para incluir una perspectiva de género
en las actividades de desarrollo, la comunidad internacional debe
proporcionar recursos suficientes y deben mantenerse en un nivel
adecuado.
361.
A fin de mejorar la eficiencia y la eficacia del sistema de las Naciones
Unidas en sus esfuerzos por promover el avance de las mujeres y de
aumentar su capacidad para alcanzar los objetivos de la Plataforma para
la Acción, es necesario renovar, reformar y reactivar el sistema de las
Naciones Unidas, en particular la División para el Avance de las
Mujeres de la Secretaría de las Naciones Unidas, así como otras
dependencias y órganos subsidiarios que tienen el mandato concreto de
promover el avance de las mujeres. En este sentido, se exhorta a los
organismos rectores pertinentes del sistema de las Naciones Unidas a que
presten especial atención a la aplicación eficaz de la Plataforma para
la Acción y revisen sus políticas, programas, presupuestos y
actividades con miras a lograr la utilización más efectiva y eficaz
posible de los fondos dedicados a ese fin. También será necesario
asignar recursos adicionales con cargo al presupuesto ordinario de las
Naciones Unidas para aplicar la Plataforma para la Acción.
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