ࡱ> M bjbj== WWlL>8vvvN'N'N'N'j'0I6''''')))HHHHHHH$fJ L@Hv))")))H=vv''H===) v'v'H=)H=.=?FhvvG'' 0v A#N'3 cGGI00IsGXL7=LLG=vvvv  LA VIOLACIN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES EN CIUDAD JUREZ, CHIHUAHUA DOCUMENTO PRESENTADO EN EL 118 PERIODO DE SESIONES DE LA COMISIN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) en la Audiencia Situacin de las mujeres asesinadas en Ciudad Jurez Octubre de 2003 INTRODUCCIN El presente informe se encuentra dividido en dos grandes partes: la primera es una actualizacin de la informacin que se haba presentado en las ltimas tres audiencias de la CIDH, en ella se narran, entre otras cosas, los ltimos acontecimientos en relacin con las desapariciones y asesinatos de mujeres y nias en Ciudad Jurez y en la ciudad de Chihuahua. Asimismo, se habla de las irregularidades en las investigaciones de las que la CMDPDH ha sido testigo en estos ltimos seis meses. En la segunda parte del informe se presenta una evaluacin de los informes mensuales sobre las investigaciones y medidas de prevencin que el gobierno mexicano se comprometi a entregar a la CIDH mensualmente desde octubre del ao pasado. Por ltimo, se presentan algunas propuestas que se consideran importantes en materia de investigacin y prevencin para hacer frente al problema de violencia al que se han estado enfrentando en los ltimos aos las mujeres y nias en Ciudad Jurez y en la Ciudad de Chihuahua. PRIMERA PARTE ACTUALIZACIN DESAPARICIONES El problema de las desapariciones de mujeres y nias en Ciudad Jurez y en Chihuahua contina. Como ya se ha mencionado en informes anteriores gran parte del problema se debe a que, de acuerdo a la ley local, la desaparicin de una persona no se considera delito, por lo cual las autoridades de la Procuradura del Estado no estn obligadas a iniciar investigaciones al respecto. Aunado a lo anterior, la actitud discriminatoria y negligentepor parte de algunas de las autoridades frente a este problema no ha cambiado, prueba de ello son las declaraciones que el Procurador de Justicia del Estado de Chihuahua hizo hace algunos meses al respecto: el problema de las mujeres o adolescentes que desaparecen en la ciudad es de tipo preventivo y por lo tanto es responsabilidad de la Polica Municipal resolverlos, ... parte de la solucin al problema es que los padres de familia tengan un mayor cuidado de sus hijos. Lo anterior ha provocado que no slo continen llevndose a cabo las desapariciones sino que adems los cuerpos de muchas de las nias desaparecidas aparezcan posteriormente sin vida y con seales de que permanecieron con vida un tiempo durante su desaparicin. De marzo pasado a la fecha se han registrado varias desapariciones por ejemplo la de Viviana Rayas y Neyra Azucena Cervantes de quienes se hablar posteriormente ya que en este mismo periodo de tiempo fueron encontrados dos cuerpos que supuestamente les corresponden. Otro caso reciente es el de Claudia Judith Urias Berthaud de 14 aos de edad quien desapareci el 9 de marzo del ao en curso en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua. Un da despus de su desaparicin, su madre, Virginia Berthaud la report ante la polica y coloc carteles con su foto en varias partes de la ciudad. Quince das despus de la denuncia un hombre llam a casa de Claudia y le pregunt a su madre qu estara dispuesta a hacer por su hija y que l saba dnde estaba y se la entregara a cambio de una seorita. Por otra parte, Virginia se percat que desde que present el asunto en la prensa, una camioneta la comenz a seguir. Tambin en la secundaria donde estudiaba Claudia se presentaron camionetas no identificables. Toda esa informacin le fue transmitida a la polica judicial pero la investigacin no ha permitido encontrar a Claudia y hasta ahora sigue desaparecida. Otro caso de desaparicin reciente es el de la nia de 13 aos Perla Guzmn Guzmn, quien es residente de Estados Unidos y estando de visita en Ciudad Jurez desapareci el 11 de agosto del ao en curso. La forma en que desapareci fue muy extraa, al parecer se adelant a sus padres para acudir a la iglesia y cuando la buscaron no estaba. Ese mismo da denunciaron la desaparicin a las autoridades estatales. Segn testimonios de gente que la vio ese da, Perla se haba subido a un auto caf tripulado por un hombre y una mujer. Ocho das despus de su desaparicin, Perla fue encontrada en el estado de Jalisco a donde, segn la versin del peridico El Diario.Dicho peridico seal que, el padre de Perla recibi una llamada de la madre del muchacho que se la llev quien le dijo que su hija estaba en Jalisco y en buen estado de salud. Al parecer hubo una fuerte movilizacin de la polica de los tres niveles de gobierno. Posteriormente se declar que la Polica Federal Preventiva se encuentra actualmente en busca del hombre que, bajo engaos, se llev a Perla Guzmn al estado de Jalisco y que cuenta con una orden de aprehensin por violacin de una nia de cuatro aos. Lo que resulta inquietante es que Perla an no ha declarado y la versin de la Polica indica que ellos ya saben de quin se trata, de que se la llev bajo engaos y que la nia podra tener problemas con sus padres por la imposicin de la manera de vestir, maquillarse y comportarse de acuerdo a las creencias religiosas de la familia y adems que conoci al hombre que se la llev por medio del internet y despus lo conoci en una convencin de cristianos y juntos planearon fugarse. La Relatora Especial sobre Derechos de la Mujer de la CIDH, en las recomendaciones para mejorar la aplicacin de debida diligencia en la investigacin, procesamiento y castigo de los responsables de la violencia contra la mujer en Ciudad Jurez que hace al Estado mexicano en su Informe sobre la situacin de los derechos humanos establece que se debe: 4) Elaborar y aplicar un plan de accin referente a las denuncias pendientes sobre desaparicin de mujeres, para asegurar que se estn examinando todas las posibilidades razonables de investigacin, y para cruzar los datos relacionados a las desapariciones con los referentes a homicidios, a fin de identificar posibles conexiones o modalidades; as como que se deben 7) Mejorar los procedimientos y prcticas tendientes a lograr que los informes de personas desaparecidas sean objeto de una investigacin rpida, cabal e imparcial, inclusive a travs de protocolos o directrices tendientes a garantizar el cumplimiento de normas bsicas en todos los casos, y a la elaboracin de nuevas iniciativas, como la publicacin de boletines en los medios de difusin. Sin embargo, los hechos aqu descritos dan cuenta de que a seis meses de la emisin del informe no se han presentado avances significativos respecto del cumplimiento de las recomendaciones relativas a la debida diligencia en la investigacin de las desapariciones. HOMICIDIOS En cuanto a los homicidios se siguen observando irregularidades en la investigacin de los casos, adems de que se han presentado nuevos casos de crmenes con el mismo patrn en donde tampoco se ha investigado con la debida diligencia. Como ejemplo de lo anterior presentamos los siguientes casos de homicidio que sucedieron durante este ao y las irregularidasdes que se han presentado en los mismos. Viviana Rayas Viviana Rayas fue vista por ltima vez el 16 de marzo de 2003 en la ciudad de Chihuahua. Antes de desaparecer estaba trabajando con un grupo de estudio en un proyecto escolar. A las 5.30 de la tarde sali rumbo a su casa en autobs y nunca lleg. A pesar de que se denunci el caso como secuestro, las autoridades no consideraron que existieran suficientes motivos para considerarlo como tal. El supuesto cuerpo de Viviana apareci el 28 de mayo, los padres aceptaron que era el cuerpo de Viviana porque la blusa y la chamarra parecan ser de su hija, sin embargo nunca vieron el cuerpo y por lo tanto no estn completamente seguros de que ste corresponda al de su hija. Irregularidades en el proceso de investigacin A raz de que encontraron el cuerpo fueron detenidas dos personas: Cynthia Kiecker y Ulises Perzbal. La Fiscala en la ciudad de Chihuahua afirma que Cynthia y Ulises han firmado una declaracin confesando haber cometido el homicidio de Viviana Rayas; sin embargo ambos han declarado que para firmar la confesin fueron torturados. Ambos fueron sacados de su casa con capuchas sobre la cabeza para llevarlos a un lugar desconocido; posteriormente fueron atados a una cama y sus cuerpos fueron mojados para que descargar energa sobre ellos con unos pinchos elctricos. Al mismo tiempo se burlaban de ellos y los insultaron, les torcieron brazos y piernas, los patearon en el estmago y finalmente les separaron las piernas y los amenazaron con penetrarles el recto. Durante todo esto Cynthia escuch los gritos de su marido, Ulises, mientras lo torturaban, l inform despus que las descargas elctricas fueron dirigidas a sus testculos y que lo apalearon. Cabe mencionar que en la confesin que firmaron se establece que mataron a Viviana Rayas a golpes mientras que la autopsia revela que muri por estrangulamiento. Asimismo, uno de los testigos que firm una declaracin de que vio a Cynthia matando a Rayas se retract pblicamente y adems denunci ante los medios que fue torturado para firmar la declaracin que implica a Cynthia. Otro de los testigos denunci que la polica la amenaz con no volver a ver a su hijo si no firmaba la declaracin que la polica haba preparado. Las pruebas forenses y las pruebas encontradas cerca del cuerpo de la vctima demuestran que el cuerpo fue colocado en ese lugar poco tiempo antes del momento en que lo descubrieron y que no haba estado ah desde marzo como alga la polica. Esto se demuestra porque si el cuerpo hubiera estado ah desde marzo la gente que fue de da de campo al lugar lo hubiera descubierto, (se sabe que hubo gente ah porque dejaron basura y peridicos con la fecha de abril) Por ltimo, la mancha de sangre que la polica dijo haber descubierto en casa de Cynthia y de Ulises y que los inculpaba fue identificada por el analista oficial de la polica como pintura vinlica el da que ella, el juez y los abogados de la fiscala y la defensa fueron a la casa de Cynthia y Ulises. Diana Jazmn Garca Medrano Desapareci el 27 de mayo en la Ciudad de Chihuahua, cuando se diriga a la escuela de cmputo B&C. Las autoridades del estado hicieron que la hermana menor de Diana, Alejandra deba pasar por la prueba del polgrafo porque era una de las sospechosas porque fue la ltima que habl con Diana. El 7 de septiembre un hombre que estaba haciendo ejercicio encontr el cuerpo de una mujer que tena aproximadamente tres meses de muerta, a un kilmetro y medio de terracera adentro, por la carretera libre a Ciudad Jurez. A raz de las pertenencias personales de la vctima (pulsera, anillos y lentes) las autoridades presumieron que se trataba de Diana. La madre de Diana reconoci algunas de las prendas y otras no. Las pruebas de ADN an no se han realizado por lo que an no es posible asegurar que se trate de ella. Neyra Azucena Cervantes Neyra Azucena Cervantes desapareci el 13 mayo de 2003 en la ciudad de Chihuahua despus de salir de clases de la escuela de computacin ERA (antes ECCO). En el mes de julio fue encontrado un cuerpo que se presume que pertenece al de Neyra. Irregularidades en el proceso de investigacin La presuncin de la identidad del cuerpo deriv de una actuacin ministerial practicada el 14 de julio por la Lic. Roco Senz, quien mostr a los padres, Patricia Cervantes y Jess Argueta Vargas, la ropa que haba sido localizada en el lugar de los hechos. Al ser reconocidas las ropas, dicha funcionaria orden, sin ninguna orden judicial, al seor Argueta y a David Meza que se quedaran en las instalaciones de la Unidad Investigadora a efecto de que se les realizara la prueba del polgrafo. Mientras tanto, se le solicit a la seora Cervantes que se trasladara a la oficina de la zona centro a efecto de levantar la denunci, cuando ella regres por su esposo y su sobrino, le notificaron que haban sido llevados al C-4 para las pruebas periciales. Cuando ella acudi a dichas instalaciones se le inform que desconocan su paradero. Tanto Jess Argueta como David Meza fueron torturados e incomunicados durante varias horas. Finalmente Jess Argueta fue puesto en libertad mientras que David firm una confesin en la que declara haber matado a su prima Neyra. Como no se encontraba en Chihuahua cuando Neyra desapareci, la versin de la polica es que David le pag a dos hombres para que la secuestraran y luego l lleg a la Ciudad de Chihuahua, la viol, la mat y la subi a un cerro a un lugar en donde es muy difcil escalar y ms cargando un cuerpo. David Meza sigue en la crcel. El viernes 25 de septiembre de 2003, familiares de Neyra y la defensa de David Meza se presentaron en el C4 para que peritos independientes realizaran pruebas a los restos de la joven. Lo anterior debido a que el juez Sexto Penal del distrito Judicial Morelos, dict auto en el cual se ordena al dierector de los Servicios Periciales de la PGR, dar acceso a los peritos en Antropologa y Odontologa. Sin embargo les fue negado el acceso argumentando que los huesos se encontraban congelados y que sera mejor que volvieran ms tarde. Cuando regresaron a las seis de la tarde el mismo da tambin les negaron la entrada. El 26 de septiembre tambin se les neg la entrada por rdenes del gobernador. Las autoridades afirman que no se trata de falta de voluntad para colaborar con los familiares sino de una cuestiun formal la razn por la que se les neg el acceso. Sobre las investigaciones de homicidios, la Relatora recomend que para mejorar la aplicacin de debida diligencia en la investigacin, procesamiento y castigo de los responsables de la violencia contra la mujer el Estado debe 3)Lograr que las investigaciones de los asesinatos de mujeres se desarrollen, desde su iniciacin, sobre la base de planes de investigacin en que se tenga en cuenta la prevalencia de la violencia contra la mujer y posibles vnculos mutuos entre determinados casos. Adems, debe 9)Intensificar los esfuerzos tendientes a capacitar a todas las autoridades pertinentes- incluidos policas, fiscales, mdicos forenses y otros especialistas, jueces y personal judicial- en cuanto a las causas y consecuencias de la violencia basada en el gnero, en cuanto a los aspectos tcnicos pertinentes para la investigacin, el procesamiento y el castigo, as como la necesidad de aplicar los conocimientos en su interrelacin con las vctimas o sus familias. Por otra parte, seal que el Estado mexicano debe 11)Garantizar una adecuada supervisin de los funcionarios encargados de adoptar medidas de reaccin e investigacin frente a delitos de violencia contra la mujer, y garantizar la efectiva aplicacin de los mecanismos establecidos para llamarlos a responsabilidad en las esferas administrativa, disciplinaria o penal, segn el caso, cuando estn omisos en el cumplimiento de sus cometidos conforme a la ley. Por ltimo, al respecto la Relatora recomend 13)Reorientar las relaciones de trabajo con las personas y entidades que presten servicios de coadyuvancia (asesoramiento letrado en defensa de los intereses de la vctima en investigaciones y procesos penales) para hacer efectivo un intercambio de informacin fluido y utilizar plenamente el mecanismo de la coadyuvancia, tal como fue concebido en su origen ese auxiliar de la justicia. El balance respecto de las investigaciones y el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la Relatora sustentado en los casos que en los que la CMDPDH es coadyuvante, es que no se han presentado avances sustantivos en la forma en la que se realizan las investigaciones. No hay todava planes de investigacin claros y no se estn sustentando las investigaciones sobre bases cientficas. El derecho de la coadyuvancia tampoco se est garantizando a plenitud. HOSTIGAMIENTO A FAMILIARES DE LAS VCTIMAS Los actos de hostigamiento e intimidacin en contra de familiares de las vctimas en la ciudad de Chihuahua y en Ciudad Jurez han continuado. Los padres de Paloma Anglica Escobar Ledesma han participado activamente en la defensa del caso de su hija y han denunciado reiteradamente las irregularidades cometidas por las autoridades y a causa de ello han sido objeto constante de actos de hostigamiento e intimidacin. Asimismo, se les sigue negando el pleno ejercicio de la coadyuvancia para esclarecer el caso de su hija. Despus de la participacin de la seora Norma Ledesma en las sesiones de la Comisin de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza, su hijo, Fabin Escobar Ledesma fue seguido cuando sala de su escuela por un auto color negro, sin placas; esto hizo que dejara de asistir a la escuela cuando sus padres no podan irlo a recoger por miedo de que algo le sucediera. Otro caso de intimidacin es el de la seora Evangelina Arce, madre de Silvia Arce de 25 aos de edad, desaparecida el 11 de marzo de 1998 en Ciudad Jurez. El 30 de abril del ao en curso la seora Arce fue asaltada por tres hombres en el centro de Ciudad Jurez. Adems de robarle su bolso, los hombres la patearon varias veces. La semana anterior al asalto, la seora Evangelina haba notado la presencia de un vehculo no identificado fuera de su domicilio. Justo antes de los actos de hostigamiento la seora Arce haba dado una declaracin ante la Comisin Nacional de Derechos Humanos, revelando la falta de actuacin de las autoridades para llevar a cabo una investigacin adecuada por el secuestro de su hija. En los litmos meses, la organizacin Justicia para Nuestras Hijas y en especial la Lic. Lucha Castro ha sido objeto de actos intimidatorios por parte de las autoridades estatales debido a su labor en la coadyuvancia de los casos y a la denuncia que ha realizado de las irregularidades en la investigacin de los casos. Sobre este tema, la Relatora recomend 10) Aplicar reformas destinadas a proteger los derechos de las vctimas o sus familiares, de modo de promover la proteccin y las garantas judiciales, principalmente mejorando los mecanismos que garanticen que las partes afectadas tengan acceso a la informacin sobre la evolucin de la investigacin y sobre sus derechos en los procesos judiciales, as como desarrollar las posibilidades de obtener asistencia jurdica cuando sea necesario para llevar adelante tales procedimientos. Asimismo recomend que Tambin con respecto al problema del temor y las amenazas, prestar atencin prioritaria a fin de garantizar medidas de seguridad para las mujeres vctimas de actos o amenazas de violencia, familiares, defensores de derechos humanos, testigos o periodistas en situaciones de riesgo; para brindar proteccin a esas personas en su derecho a la seguridad; para que quienes se presentan a exigir aclaracin de esos delitos o a proporcionar informacin no sean intimidados y puedan continuar con tales esfuerzos. Por ltimo la Relatora estableci que se deben someter todas las amenazas o actos de hostilidad denunciados en relacin con esos asesinatos a investigaciones prontas, cabales e imparciales, dotadas de mecanismos de debida diligencia, y el Estado debe realizar consultas adicionales con las organizaciones de la sociedad civil que ayuden a las vctimas y a sus familias, para elaborar y aplicar soluciones. Hasta el momento ninguna de estas acciones en favor de la proteccin de las vctimas se ha llevado a cabo y la situacin de vulnerabilidad de los familiares de las vctimas as como de las y los defensores de derechos humanos continan siendo muy grave. El Programa Integral de Acciones del Gobierno Federal contempla, sin duda acciones dedicadas a la atencin integral a las vctimas y esperamos que esto pueda ampliar su proteccin y garantizar sus derechos. Sin embargo, resulta muy preocupante el clima de hostigamiento y amenazas impulsado por las autoridades del Estado, que continan incluso despus del lanzamiento del Programa Integral de Acciones. En ese senitdo resulta fundamental una plena coordinacin y apoyo de las autoridades de los tres niveles de gobierno la cual no se ha consolidado hasta el momento. Preocupa tambin la dificultad para la implementacin de las medidas de proteccin, incluso en los casos en los que se cuenta con medidas cautelares por parte de la CIDH. En los casos de Esther Chvez Cano y Gustavo de la Rosa, ambo objetos de actos de hostigamiento que fueron denunciados ante las autoridades correspondientes las investigaciones fueron nulas. MODIFICACIONES AL CDIGO PENAL DE CHIHUAHUA Por otra parte, a finales del mes de julio el Gobernador del estado de Chihuahuahua, Patricio Martnez, envi al Congreso local una iniciativa de ley para reformar el Cdigo Penal tendiente a endurecer las penas carcelarias en contra de homicidas de mujeres, especialmente de aquellos que cometan estos ilcitos bajo el influjo de las drogas (como si fuera menos grave cometer los crmenes sin el influjo de las drogas). Adems la nueva iniciativa de ley permitira que todos los delitos que se cometan en torno a crmenes sean acumulables para que los homicidas alcancen hasta 100 aos de crcel (en Mxico la pena mxima es de 50 aos). La iniciativa de ley fue aprobada a finales del mes de agosto de 2003, con ello los homicidas de mujeres cumplirn una sentencia de entre 60 y 100 aos. Esta medida resulta muy preocupante ya que por un lado no han mejorado las tcnicas de investigacin y existen indicios en varios casos de la presunta fabricacin de culpables por parte de las autoridades. Las organizaciones consideramos, que aumentar las penas no va a modificar la situacin en el estado que tiene que ver con la impunidad generada por la falta de debida diligencia en la investigacin y prevencin de la violencia de gnero y la actitud discriminatoria por parte de las autoridades. Estas modificaciones a la ley denotan una grave falta de entendimiento del problema por parte de las autoridades, ya que no se dan cuenta de que no se trata de aumentar las penas sino de cumplir la ley, penalizar la tortura, no fabricar culpables y establecer una ley que sanciones las desapariciones. INFORME DE AMNISTA INTERNACIONAL El lunes 11 de agosto del ao en curso la Secretaria General de Amnista Internacional (AI), Irene Khan, present el informe Muertes Intolerables. Mxico 10 aos de desapariciones y asesinatos de mujeres en Ciudad Jurez y Chihuahua. El informe hace un recuento de la situacin de violencia de gnero durante estos das aos y habla acerca de la ineficacia, negligencia e incapacidad de las autoridades mexicanas para investigar las desapariciones y asesinatos de nias y mujeres. AI denunci la falta voluntad poltica para resolverlos, se fabrican culpables, se deslegitima, acosa e intimida a las familias de las vctimas, las policas, estn coludidos con los responsables llevando a que prive la impunidad en el estado. Por ello demand al gobierno federal una revisin independiente de los homicidios de mujeres en la ciudad fronteriza, para llevar a cabo con urgencia una profunda reforma estructural del sistema de justicia para garantizar pleno acceso a ella a las familias de las vctimas y un juicio justo a los acusados. Adems que los agentes pblicos involucrados sean destituidos y sancionados. AI sostiene tambin que durante 10 aos la respuesta de las autoridades ha sido la de tratar los crmenes como violencia comn de mbito privado, sin reconocer la existencia de un patrn persistente de la violencia contra la mujer. Adems, AI sostiene que ha documentado demoras injustificables en las pesquisas iniciales y una falta de seguimiento a pruebas o declaraciones de testigos que podran ser esenciales. En otros casos los exmenes forenses aplicados han sido inadecuados, proporcionando informacin contradictoria e incorrecta a las familias sobre las identidades de los cuerpos. Las irregularidades pasan tambin por la falsificacin de pruebas y el presunto uso de la tortura para obtener confesiones de culpabilidad. RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES MEXICANAS FRENTE AL INFORME DE AI Fueron pocas las autoridades mexicanas que aceptaron de buena manera al informe de AI, entre ellas se encuentran Santiago Creel, el Secretario de Gobernacin y Jos Luis Soberanes, Presidente de la Comisin Nacional de Derechos Humanos. Por su parte, la Presidencia de la Repblica afirm en un comunicado que en su encuentro con Irene Khan el Presidente ofreci practicar el respeto a los derechos humanos por parte del gobierno de Mxico, dentro y fuera del pas. Sin embargo en otra nota de la Jornada se dijo que Fox haba retado a la organizacin internacional a que le demostraran la existencia de la prctica de la tortura en Mxico. Las autoridades que ms resistencia pusieron al documento de AI fueron, sin duda las estatales. El da 14 de agosto publicaron en el peridico de Ciudad Jurez El Diario la respuesta del gobierno del estado de Chihuahua al informe de AI. En esta respuesta se establece que las autoridades del estado consideran intolerables los homicidios de mujeres, sin embargo, son igual de intolerables para los chihuahuenses los informes distorsionados y tendenciosos que tanto organismos nacionales como internacionales se han dedicado a propagar sobre el caso y que en lugar de contribuir a la bsqueda de soluciones descalifican al sistema de justicia mexicano. Sobre el informe de AI especficamente, el gobierno de Chihuahua declar que se trataba de un documento inconsistente, que descontextualizaba la informacin y adems sesgado porque no se basa en los datos que el gobierno le proporcion a la organizacin internacional. Sobre este punto cabe mencionar que la base de datos sobre la que se bas AI para hacer su informe contaba con informacin tanto del gobierno como de las organizaciones civiles y de familiares de Mxico. Sobre la fabricacin de culpables y los actos de tortura, las autoridades de Chihuahua afirman que AI esta generalizando cuando dice que es una prctica comn en el estado y que AI no tiene fundamento para decirlo. Segn la respuesta gubernamental, en 57% de los expedientes se tiene identificado a uno o ms de los presuntos homicidas y se ha resuelto el 63% de los casos. Adems se ha logrado identificar al 70 % de las vctimas y se han emitido sentencias en 26% de los casos. Y agrega que si hay errores o si hay tantas mujeres sin identificar se debe a la gestin anterior y no a la actual. A pesar de que es una fuerte crtica al informe de AI, la respuesta del gobierno a ste es un texto importante porque en l el gobierno del estado y del municipio de Ciudad Jurez se comprometen por escrito a actuar para poner fin a los homicidios de mujeres y nias. Por ejemplo, dicen que a pesar de no estar de acuerdo con lo que dice AI en cuanto a los crmenes y de rechazar las imputaciones infundadas hachas a las autoridades locales reitera su plena disposicin a revisar con detenimiento y en su caso acoger las recomendaciones formuladas en el reporte de AI que correspondan al mbito de su competencia y contribuyan realmente a prevenir sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. El gobierno de Chihuahua tambin hace un llamado a la ciudadana juarense para no que siguieran permitiendo que se mintiera y medrara ms con ese drama social. Adems refrend su compromiso con las familias de las vctimas de continuar trabajando en el esclarecimiento de estos crmenes que a todos indignan y ofenden. Asimismo, reiter su voluntad de unir esfuerzos con la presidencia de la Repblica, la Polica Federal Preventiva y el gobierno Municipal de Ciudad Jurez ms all de cualquier diferencia o inters partidista, en las acciones conjuntas que se han instrumentado para prevenir y combatir la violencia y la inseguridad. Por ltimo, exhort a las organizaciones de la sociedad civil, a las cmaras empresariales, instituciones de educacin superior, Iglesias y colegios de profesionistas, a sumarse a esta lucha contra la violencia. SEGUNDA PARTE INTRODUCCIN En la audiencia del 18 de octubre de 2002, celebrada en el marco de la 116 periodo ordinario de sesiones de la Comisin Interamericana de Derechos Humanos, sobre la situacin de las mujeres en Ciudad Jurez, Chihuahua, el Gobierno Mexicano y la CIDH acordaron establecer un procedimiento tendiente a intensificar la supervisin independiente. El procedimiento propuesto por las peticionarias y aceptado por el Gobierno Mexicano, fue la presentacin de informes mensuales sobre las investigaciones y medidas de prevencin que los tres niveles de gobierno estn implementando con el fin de prevenir y sancionar los crmenes de violencia basada en el gnero cometidos en Ciudad Jurez, Chihuahua. Segn la informacin recibida por la Comisin Mexicana de Defensa y Promocin de los Derechos Humanos, hasta el momento el Gobierno Mexicano ha presentado 6 informes, de octubre de 2002 a la fecha: el primero correspondiente a la segunda quincena de octubre y primera de noviembre de 2002, el segundo de noviembre a diciembre de 2002, el tercero de enero de 2003, el cuarto y quinto (conjuntamente) a marzo y abril, y el sexto de junio y julio del 2003. En el formato en el que se han presentado dichos informes, primero se informa lo relativo a las investigaciones y posteriormente las medidas de prevencin adoptadas por el gobierno. Para efectos de la evaluacin que la CMDPDH realiza, se analizarn dichos informes segn este esquema. EVALUACIN DE LOS INFORMES En los seis informes de los que la CMDPDH tiene conocimiento, se tratan slo 68 casos (de los cuales 4 son de desaparecidas, 20 son de vctimas no identificadas y 44 de vctimas identificadas), cabe mencionar que cada uno de los informes trata de manera superficial y contradictoria estos 68 casos, tal y como queda establecido en la siguiente evaluacin. Aunado a lo anterior, segn la auditora periodstica realizada por el Instituto Chihuahuense de la Mujer, el total de casos con mvil sexual oficialmente documentados de 1993 a julio del 2003, suman un total de 90. Es decir que el Gobierno no est informando de todos los casos y no se tiene claridad en cual es el criterio que est utilizando para informar de algunos casos y de otros no. PRIMER INFORME Segunda quincena de octubre y primera de noviembre de 2002 En el rubro de consideraciones del primer informe que el gobierno mexicano envi a la CIDH, sobre los avances en las investigaciones de los homicidios a mujeres en Ciudad Jurez, mencionan que el universo de asuntos correspondiente a la Fiscala Especial (...) asciende a 46 casos, de los cuales en 26 han sido identificadas las vctimas, y los otros 20 estn en tramite de identificacin; pero omiten mencionar qu acciones se estn llevando a cabo para la identificacin de esos 20 casos, es decir cuales son las pruebas cientficas (ADN, antropromtricas, entre otras) que se realizarn La informacin sobre los otros 26 restantes es superficial. Los datos que se dan son: Nombre de la vctima, Nmero del expediente, Fecha de inicio (no siempre, slo en 15 de los 26 casos expuestos), Antecedentes que corresponden sobre todo al lugar de localizacin del cuerpo y causa de muerte (en 6 casos no se establece, lo cual impide conocer como fueron los cuerpos fueron localizados, tal es el caso de Silvia Guadalupe Daz, Rosa Isela Tena y Silvia Gabriela Laguna Cruz ), Lneas de investigacin (que en un caso no aparece). De estos 26 casos, slo 9 cuentan con todos los datos anteriores, a pesar de que dicha informacin es fundamental para iniciar una investigacin de manera adecuada y tendra que estar a la disposicin de las autoridades mexicanas. Por otro lado, estos datos no pueden considerarse como avances en las investigaciones. Existen dos casos de desapariciones de 1997 (Sofa Gonzlez Vivar y Aracely Nez Santos) que se encuentran en la lista de vctimas identificadas como si hubieran sido asesinadas. Adems resalta el hecho que slo existe una lnea de investigacin a pesar de que los casos tienen ms de seis aos. El informe no establece claramente cuales son las lneas de investigacin que se estn siguiendo y cuales son los planes y acciones que se van a realizar para desarrollar dichas lneas. . Finalmente en el informe no hay ningn anlisis de la informacin ni conclusiones. SEGUNDO INFORME Noviembre a diciembre de 2002 En este informe se reportan cuatro nuevos casos, uno en donde se identifica a las vctimas y tres en donde no se identifica y no se informa sobre cuales sern las pruebas cientficas que se realizarn para la identificacin. Una de las irregularidades de este informe se manifiesta en el caso de una de las mujeres que aparecen como no identificadas, ya que establecen que el cuerpo corresponde a Gloria Rivas Martnez de quince aos y que esto se confirm gracias al reconocimiento de los familiares de la vctima, sin basarse en pruebas cientficas que den certeza de la identidad. En otro de los casos de vctimas no identificadas, se presume que se trata de Teresa de Jess Gonzlez, sin embargo se establece que an no han podido corroborar esto porque la familia no ha querido ir a reconocerla. En ningn momento se menciona que se van a realizar las pruebas periciales cientficas necesarias para la identificacin certera. Tambin se crea un apartado nuevo sobre los operativos de prevencin que lleva a cabo la Fiscala, no sealan los mtodos que se estn aplicando para los operativos ni establecen indicadores cuantitativos ni cualitativos que permitan evaluar si realmente se est logrando el objetivo de prevencin. Sealan que est en proceso de elaboracin un registro de agresores sexuales, del cual no hay seguimiento en los informes posteriores. TERCER INFORME Enero de 2003 Dentro de este informe se reportan cinco casos ms de vctimas identificadas, de las cuales todas tienen a un presunto responsable en prisin, adems se introducen 18 casos de vctimas no identificadas y se incluye el de Gloria Rivas Martnez como vctima identificada a pesar de que en el informe anterior se estableca que apenas se estaba realizando el reconocimiento por parte de su familia. De 28 casos que ya haban sido reportados, solo el de Brenda Alfaro Luna presenta un avance, el cual consiste en haberle entregado el cuerpo a sus padres. Resalta el hecho de que las vctimas no identificadas, en su mayora, llevan tres aos o ms de haber sido encontradas, sin embargo se consideran por primera vez, hasta el tercer informe. El homicidio de Maribel Palomino Arvizu se clasifica como de mvil sexual, sin embargo en el primer informe sealan que se presume que est en los Estados Unidos de Norteamrica (es por eso que la CMDPDH consider este caso como desaparicin). Dentro de la averiguacin previa 3500/93, correspondiente a un femenino no identificado, se reporta que hay dos sujetos sentenciados (Jos Luis Perea, a 18 aos de prisin y Filiberto Heredia a 22 aos de prisin), sin que se establezca cmo se determin la responsabilidad si la vctima no estaba identificada, el mtodo de investigacin, el mvil, el lugar en el que encontraron a las vctimas, etc. Cabe mencionar que este caso no fue reportado en los dos informes anteriores y se informe en el tercero sin dar razn alguna, con lo cual no podemos tener certeza de la informacin que es incluida en cada informe. CUARTO Y QUINTO INFORME Marzo y abril En este informe se nota una modificacin metodolgica que si bien puede auxiliar su comprensin, no conlleva a una mejora de fondo. Esto se fundamenta en que, de los 52 casos incluidos, 50 son reportados sin avances y 2 con avance. El primer caso reportado con avance es el de de Mara Sagrario Gonzlez Flores, y el avance consiste en que se tiene por reconocida y plenamente identificada por los familiares (sin indicar en qu se fundaron para determinar que efectivamente se trataba de Mara Sagrario Gonzlez Flores), de nuevo no es utilizado ningn medio cientfico a fin de establecer la identidad de la vctima y no hay avance alguno en la investigacin despus de 5 aos del asesinato. Por lo que se refiere al segundo caso con avances, el de Mayra Yesenia Njera Larragoiti, se establece que desapareci el 12 de agosto del 2002 y la investigacin desde un inicio la est llevando a cabo la PGR, a travs de la UEDO. Los avances se refieren a un cuerpo que fue localizado en noviembre de 2002 en el Cristo Negro, que las autoridades presumen que se trata de Mayra Yesenia pero estn esperando los dictmenes periciales y de ser positivos el caso se remitir a la UEDO. En el informe no se especifica porque se trata de delincuencia organizada y en realidad no existe ningn avance en la investigacin. Respecto al caso de Brenda Alfaro Luna, se puede observar una seria contradiccin, ya que en el informe en mencin sealan que "los restos seos de una osamenta"sic. fueron trasladados al laboratorio de la PGJE de Tamaulipas para el estudio de ADN a fin de corroborar la identidad de la vctima, cuando segn los informes anteriores ese procedimiento ya se haba llevado a cabo y la vctima ya haba sido identificada. Tambin se presentan dos casos nuevos de personas reportadas como desaparecidas que posteriormente fueron localizadas: Mara Gonzlez Almaraz, Yadira Judith Reyes Gutirrez y Mara Concepcin Prieto Cruz (estas dos ltimas dentro del mismo expediente). Lo que llama la atencin es que en los dos casos la localizacin se dio el mismo da, pero en ningn momento establecen cmo se llev a cabo y porque se encuentran a cargo de la Fiscala si sta slo investiga crmenes con mvil sexual. . Con relacin a los operativos de prevencin reportados desde el tercer informe, no dan resultado o evaluacin alguna que permita establecer si se han logrado las metas de manera que se plantee si hay que continuar de la misma forma o plantear nuevas alternativas. SEXTO INFORME Junio y julio del 2003 Con relacin al punto I ("Investigaciones respecto de las vctimas identificadas") inciso a) ("Avances respecto al ltimo informe en las investigaciones") se reportan 58 casos, de los cuales, segn la consideracin del gobierno mexicano, hay 3 sin avances, 4 remitidos y 51 en donde supuestamente hay avances, los cuales consisten en copiar y pegar en todos los casos la siguiente leyenda: "Se ha anexado una ficha informativa al expediente. Esta ficha contiene un resumen de todas las lneas de investigacin. Se han asignado tareas especficas a agentes de la polica judicial a fin de obtener una investigacin ms minuciosa respecto de nuevas personas y lneas de investigacin." El hecho de incluir una ficha informativa al expediente no puede considerarse como un avance en la investigacin. En cuanto a lo que se refiere a las "tareas especficas" asignadas a la polica judicial, creemos que hay un vicio de omisin ya que no son detalladas en el informe, por la forma vaga en la que lo expresan podra desprenderse que en realidad no hay tareas especficas asignadas. Aunado a lo anterior, hay algunos casos en los que adems de copiarse la informacin se establecen avances que consisten en: 1.- En el caso de Lilia Alejandra Garca Andrade, iniciado el 21 de febrero de 2001: "Se emitieron oficios para la realizacin de dos periciales y tres personas han rendido declaraciones". 2.- En el caso de Argelia Irene Salazar Crispn, iniciado el 16 de abril de 1998: "Una persona ha rendido su declaracin". Como se puede observar, la imprecisin de los datos no da pie a considerar avance ni seriedad alguna en las investigaciones. El hecho de que no se especifique cundo se llam a declarar hace pensar que hay casos de 1995 en donde slo se ha llamado a declarar a una persona. Cabe sealar que en este informe se presentan como avances en el caso de Ana Gil Bravoque este caso de diciembre de 1993, en julio de 2003, cuatro informes despus, se dan cuenta de que el caso no es de carcter sexual y por lo tanto le corresponde investigar el caso al Grupo de Homicidios. Por lo que se refiere al punto II ("Investigaciones respecto de las vctimas desaparecidas"), inciso a) ("Avances de las investigaciones respecto del ltimo informe"). Se reportan 4 casos, dos sin avances y uno en el que se aplica el mismo recurso de la "ficha informativa". Por lo que se refiere al cuarto caso reportado, en el que supuestamente hay un avance, ste consiste en repetir lo que se haba establecido en el informe anterior, a pesar de haber pasado ocho meses desde el hallazgo del cuerpo que presumiblemente corresponde Mayra Yesenia Njera Larragoiti, no se han realizado las pruebas periciales necesarias para determinar la identidad de la vctima. En el punto III, ("Investigaciones de las vctimas no identificadas") inciso a ("Avances en las investigaciones respecto al ltimo informe"), se reportan 19 casos, 3 con avances y 16 sin avances. De esos 16 casos en los que no hay avances, creemos importante destacar desde qu ao se inici la investigacin que hasta el momento no ha podido identificar a la vctima: Ao en que se inici la investigacinNmero de casos199421995319967199721998120001 Los avances reportados, consisten: 1.- A pesar de que no se sabe quin es la vctima, se tiene ya a un detenido y est pendiente una captura. No se mencionan los criterios utilizados en la investigacin para determinar su responsabilidad en el asesinato de una vctima no identificada. 2.- Se cree que las caractersticas fsicas corresponden a Teresa de Jess Gonzlez Mendoza, sin establecer qu piensan hacer para identificarla irrevocablemente. Cabe sealar que en el segundo informe se seala que estaba en proces de identificacin y ocho meses despus de esto se sigue sin conocer la indetidad. 3.- Se cree que las caractersticas fsicas corresponden a Mayra Yesenia Njera Larragoitia, sin determinar el procedimiento cinetfico a seguir para identificarla plenamente. Otra cuestin relevante es que en este informe se explica que no ha habido ni una sola desaparicin de alto riesgo de enero a julio, sin explicar cuales son los criterios utilizados para determinar que una desaparicin es de alto riesgo o no. Resulta preocupante que se realice una divisin de este tipo sobre todo en el contexto de la falta de una investigacin adecuada de las desapariciones y los riesgos de que la vctima sea asesinada. Sobre los operativos de prevencin, se sigue presentando el mismo problema de no haber continuidad en los proyectos ni establecer indicadorescuantitativos y cualitativos que permitan valorar la eficacia de dichos operativos. IRREGULARIDADES OBSERVADAS A LO LARGO DE LOS SEIS INFORMES En cuanto a la evolucin de las investigaciones, si consideramos los casos que son mencionados a lo largo de todos los informes es posible afirmar que en la gran mayora no ha habido ningn avance significativo. La mayora de los informes se concentran en copiar o reformular la informacin. En el caso de Adriana Torres Mrquez cuyo causa de muerte estaba indeterminada en el primer informe y sigue indeterminada en el ltimo. Otros ejemplos que reflejan la falta de una investigacin adecuada y diligente en los casos es el caso de Rosa Isela Tena Quintanilla en donde el primer informe menciona que existen tres sospechos que no se han podido identificar ni localizar y la situacin sigue igual en el informe 4 y 5; en el caso de Maribel Palomino Arvizu, existe una fuente de informacin relevante para la resolucin del caso que es la amiga de Maribel, pero el primer informe dice que no se ha podido localizar y lo mismo aparece en el ltimo informe. En el caso de Laura Lourdes Cordero Garca, no se haba podido identificar el cuerpo segn el primer informe y esta situacin persiste en el ltimo informe. Es importante resaltar que la mayora de las identificaciones se han confirmado a travs del reconocimiento por parte de los familiares y no de pruebas periciales adecuadas como la de ADN y las pruebas antropomtricas. Esto ha llevado a que no se tenga certeza sobre la identidad de la vctima, ya que muchas veces los cuerpos se encuentran en un avanzado estado de descomposicin que dificulta mucho el reconocimiento y lleva a que se basen nicamente en la ropa y/o los objetos personales. Adems, las pruebas de ADN no se han realizado con cuidado y precisin, generando falsas expectativas en los familiares. Un caso que muestra lo anterior es el de Brenda Alfaro Luna, de quien las primeras pruebas de ADN resultaron negativas y las segundas, realizadas varios aos despus, confirmaron que el cuerpo s corresponda al de Brenda. Sobre este caso es importante mencionar adems, que en el primer informe dice que se estaban realizando las pruebas de ADN para confirmar que se trataba de ella, en el tercer informe se dice que s es ella y que el cuerpo ya les fue entregado a sus padres, y en el cuarto y quinto informe nuevamente dicen lo que en el primero, que apenas se realizan las pruebas. Fue posible observar en los informes, que en la mayora de los casos los avances de las investigaciones sobre los presuntos responsables consistieron en investigar nicamente a las personas de las que se sospechaba desde el principio, esto es en algunos casos desde 1994 (por ejemplo Mara Roco Cordero). Lo que no se indica es por qu si se sospecha de ciertas personas stas no han sido investigadas en 9 aos como para agotar lneas de investigacin y abrir otras. Esto denota la falta de actuaciones para llevar a cabo una investigacin diligente, que van desde recoger las testimoniales, realizar diligencias en el lugar de los hechos hasta determinar lneas claras de investigacin. En los informes se reportan tambin algunos casos de desapariciones, en el primero se habla de 22 desapariciones en el ao 2002, no se mencionan los nombres, y en los siguientes informes no se seala de que casos se est hablando si de los mismos o de otros.. En el quinto informe se habla de cuatro desaparecidas, en l s aparecen los nombres, sin embargo no lo que las autoridades estn haciendo para encontrarlas, lo cual es fundamental si consideramos que en la mayor parte de los casos se ha determinado que la mujer o la nia estuvieron vivas varios das vivas antes de ser asesinadas. En el caso de las desapariciones tambin fue posible encontrar un descuido el cual consiste en que en el informe de noviembre de 2002, Rosa Isela Quintanilla, Maribel Palomino Arvizu, Silvia Guadalupe Daz, Miriam Aguilar Rodrguez, Sofa Gonzlez Vivar y Aracely Nez Santos estn clasificadas como vctimas identificadas, sin embargo en las investigaciones no dice que hayan encontrado sus cuerpos, por lo que es posible deducir que se encuentran desaparecidas. No obstante, en el tercer informe estas seis mujeres aparecen dentro del cuadro que se denomina Casos de homicidios con mvil sexual que actualmente se encuentra investigando la Fiscala Especial. Este error se confirma posteriormente en el ltimo informe en donde cuando hablan de desaparecidas mencionan a Maribel Palomino Arvizu, a Silvia Guadalupe Daz y a Aracely Nez. Lo anterior resulta sumamente grave en la medida en que no es posible saber si se manejan los casos como si fueran homicidio o desaparicin por lo que tampoco es posible determinar si se les est buscando o ya se les dio por muertas. Resulta fundamental distinguir claramente entre los casos de mujeres asesinadas y los casos de mujeres desaparecidas para poder determinar claramente los planes de investigacin en cada caso. En cuanto a los casos de homicidio con mvil sexual en los que los responsables han sido consignados y/o sentenciados por las autoridades judiciales cabe subrayar que cinco de estos casos corresponden a femenino no identificado y por uno de esos casos ya se sentenci a dos hombres. Es importante cuestionar al gobierno mexicano sobre cmo se llevaron a cabo las investigaciones en esos casos y en qu se basaron exactamente para determinar la culpabilidad de los presuntos responsables sin siquiera tener identificada a la vctima. En algunos de los casos reportados en la parte sobre avances de las investigaciones respecto de las vctimas identificadas, se pueden observar errores en los datos que denotan una clara falta de rigor en la redaccin de los informes. Por ejemplo, en el caso de Luz Ivonne de la O Garca, en el primer informe se da como fecha de inicio de las investigaciones el 10 de julio de 1996 mientras que en el tercero se da como fecha de inicio el 21 de abril del 1993 (en la tabla de los casos de homicidios con mvil sexual que actualmente se encuentra investigando la Fiscala Especial), y en el informe de junio y julio la fecha de inicio vuelve a ser el 10 de julio 1996. Otro ejemplo de error en los datos, es el del caso de Mara Roco Cordero Esquivel quien segn el primer informe, tiene ese nombre pero en el segundo (mismo numero de expediente) ella se llama Mara del Rosario Cordero Esquivel, y en el ultimo Mara del Roco Cordero Esquivel. En el caso de Erndira Ivonne Ponce Hernndez, el primer informe menciona el 30 de agosto de 1996 como fecha de inicio de la averiguacin, pero el tercero menciona el 30 de agosto de 1998, y otra vez el ltimo informe menciona la fecha de 1996; cabe mencionar que la vctima fue reportada como desaparecida en 1998 (lo que implica que la averiguacin se inici en 1998 y no en 1996). Estos errores dificultan el anlisis de la evolucin de la situacin a travs de la lectura comparativa de los informes y denotan la falta de cuidado en la redaccin de los informes por parte del gobierno mexicano. En el caso de Mayra Yesenia Njera resulta extrao el hecho de que desde que se presenta su caso en los informes como desaparecida (informes de junio y julio de 2003) se establece que quien se encarga de localizarla es la Procuradura General de la Repblica (PGR) a travs de la Unidad Especializada contra la Delincuencia Organizada (UEDO), a pesar de que el hecho de que el caso de una desaparicin pase al fuero federal no es nada frecuente. Posteriormente, en el mismo informe se establece en un caso bajo el rubro de vctimas no identificadas, que posiblemente se trate de Mayra Yesenia dadas las caractersticas del cadver. A pesar de que el hallazgo de este cuerpo se realiz en octubre de 2002, en el informe de junio y julio de 2003 an no se haban realizado las pruebas de ADN necesarias para establecer la identidad de la vctima. La investigacin sigue a cargo de la UEDO, sin embargo, no se establece por qu se presume que se trata de un caso vinculado con la delincuencia organizada, desde el momento de la desaparicin de Mayra y posteriormente cuando encuentran el cuerpo. En cuanto a los avances de las investigaciones, en casi todos los casos no las hubo entre el primer informe y el ltimo, o lo que se menciona como avances en realidad corresponden a modificaciones en la gestin y el manejo de los expedientes pero no en las investigaciones (no se seala cmo se llevaron las diligencias, cules fueron, qu resultados dieron, etc.). Por otra parte, los informes a los que se comprometi entregar el gobierno mexicano supuestamente deben tratar los crmenes de carcter sexual cuya competencia es de la Fiscala Especial, sin embargo hay varios casos en donde no se pudo identificar si el homicidio fue de carcter sexual o no. Lo anterior se debe en parte tambin a que las pruebas periciales no se hacen adecuadamente y por lo tanto no se sabe por ejemplo si la mujer fue o no violada, sin embargo, no se entiende por qu esos casos en los que no se sabe si son o no de carcter sexual se encuentran contenidos en estos informes gubernamentales. Lo preocupante resulta que no haya criterios claros para determinar de cuales casos se est informando y porqu. En cuanto a la prevencin, los informes que el gobierno mexicano ha enviado a la CIDH hablan de los mecanismos que se han creado para hacer frente al problema, se establece cmo funcionan, quines participan, cundo se crearon. Sin embargo no presentan en ningn momento cules han sido los avances, si se han dado los resultados esperados o no, sobre qu indicadores se est trabajando, etc. En conclusin, los informes presentados por el gobierno mexicano son imprecisos, en muchas ocasiones carentes de rigor y presentan una visin muy superficial de las investigaciones, y en materia de prevencin no se brindan indicadores cualitativos y cuantitavos. Se encuentra en ellos informacin repetitiva, e incluso contradictoria. CONCLUSIONES GENERALES Con base en el estudio de los informes presentados por el gobierno mexicano a la CIDH, podemos afirmar lo siguiente: 1.- Los informes no siguen ninguna metodologa que permita por lo menos conocer los casos a fondo, ya que sin criterio alguno se reportan algunos datos para determinados casos y para otros no. 2.- No se establece ningn criterio para determinar cuales casos se incluyen en los informes y cuales no, en cuanto a los nuevos casos que se reportan aparecen sin justificacin alguna. 3.- Los informes no responden al compromiso del Gobierno Mexicano de presentar informes con datos que permitan evaluar los avances en materia de investigacin y prevencin. 4.- Con fundamento en lo que ha reportado el gobierno mexicano a la CIDH, podemos concluir que no ha habido avances significativos en las investigaciones y que hasta el momento los casos no son tratados con la debida diligencia de acuerdo a estndares de investigacin mnimos. 5.- Asimismo, los informes reflejan una falta de claridad en las polticas y programas para la prevencin de los crmenes y en general de la violencia de gnero. Las acciones que se presentan no tienen coherencia, seguimiento y no hay indicadores de evaluacin cualitativos y cuantitativos. PROPUESTAS GENERALES Que la CIDH solicite al gobierno que mejore los informes que presenta en los cuales deber contener informacin suficiente para evaluar los avances del gobierno en materia de investigacin y prevencin. Los informes debern contener la siguiente informacin: El siguiente esquema: 1. Nombre completo de la vctima, 2. Referencia del expediente y fecha de inicio, 3. Antecedentes (lugar donde se encontr a la victima o donde se le vi por ltima vez, fecha, en su caso causa de muerte, etc.), 4. Lneas de investigacin (cuantas y que lneas, personas sospechas, indicios existentes, etc.), 5. Diligencias llevadas a cabo para la investigacin del caso, 6. Resultados concretos obtenidos a raz de las diligencias (mencionar para cada diligencia si brind o no resultado y cules fueron), 7. Estado judicial del caso (condenas de eventuales responsables, pruebas, cargos, etc.). Tambin es importante que el gobierno subraye los elementos nuevos, los cambios, para cada caso, que hubo desde el informe precedente y as evitar repeticiones 8.En materia de prevencin que se presenten todas las acciones que se estn realizando por los tres niveles de gobierno y que haya seguimiento de las mismas en cada informe as como indicadores cuantitativos y cualitativos de la eficacia de las mismas. La informacin deber presentarse esquematizada y de acuerdo a una metodologa definida. 2. Teniendo en cuenta que se cumple un ao del compromiso de presentar informes a la CIDH que se solicite al gobierno que presente un informe detallado de evaluacin de los avances en el cumplimiento a las recomendaciones del Informe de la Relatora sobre Derechos de la Mujer. 3.-Que la Relatora sobre Derechos de la Mujer de la CIDH realice una visita de seguimiento en la cual evale los avances en el cumplimiento de las recomendaciones realizadas en el informe arriba sealado. 4.- Que la CIDH solicite al Gobierno Mexicano que en la elaboracin que estn realizando actualmente del manual sobre investigacin se cuente con un experto/a independiente que asegure la inclusin de los estndares internacionales en materia de derechos humanos, discriminacin y violencia de gnero. El experto/a deber contar con las siguientes carctersticas: conocimientos sobre derechos humanos e instrumentos internacionales as como conocimientos en cuestiones periciales y violencia de gnero. PROPUESTAS ESPECFICAS En materia de investigacin Crear un banco de datos que contenga el ADN de las desaparecidas, de las vctimas as como de sus familiares. Crear un banco de datos que contenga el ADN de los presuntos responsables de los crmenes contra mujeres y nias. Realizar investigaciones cientficas y basadas en estndares mnimos para terminar con la tendencia arbitraria de detener sin ninguna prueba a los familiares y gente cercana a las vctimas. Definir de forma clara, la competencia de la Fiscala Especial y de las otras Unidades Especializadas que investigan los casos de desapariciones y asesinatos de mujeres en Chihuahua. Iniciar las investigaciones desde la desaparicin de la persona y no a partir de que se encuentra el cuerpo. Sancionar a las personas que resultaran responsables de la negligencia en la que han incurrido por no investigar y sancionar a los responsables. Comprometer tiempos mnimos de resolucin de los casos o por lo menos en avances reales. Garantizar plenamente la coadyuvancia y la representacin legal de la misma. En materia de Prevencin Solicitar informacin sobre la Subcomisin, qu se espera y cules van a ser los indicadores cualitativos y cuantitativos para saber si est funcionando. Contar con asesora para desarrollar polticas de prevencin de la violencia hacia las mujeres con perspectiva de gnero. Combatir la violencia y discriminacin hacia las mujeres desde sus causas poniendo especial nfasis en la reconstruccin del tejido social y la creacin de una cultura de respeto y equidad.  El Diario, jueves 22 de mayo de 2003, Chihuahua, Chih. P. 6B  Narracin de la tortura de Cynthia y de Ulysis, Comunicado a la Comisin de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Mxico, Burton Kiecker. Audiencias realizadas el 31 de julio y 1 de agosto, 2003.  La Jornada, martes 12 de agosto de 2003, Mxico, p. 39  En adelante, CIDH.  En adelante, CMDPDH.  Segn la cronologa de los informes presentados, se desprende que no se cumpli con la obligacin de los presentar los informes los meses de febrero y mayo de 2003.  Vanse anexos 1 a 4, y anexo 5.  Este informe fue presentado en agosto de 2003 por el Instituto Chihuahuense de la Mujer y los datos sobre los crmenes fueron obtenidos de la Fiscala Especial para Crmenes Sexuales. Cabe mencionar tambin que en el informe realizado por Amnista Internacional ...............  En el informe se copia el mismo prrafo en 51 veces, restando la seriedad que se supone debera darse en la informacin plasmada en dichos reportes  En el mismo sentido: el caso de Adriana Torres Mrquez, iniciado el 2 de noviembre de 1995y el de Mara Sagrario Gonzlez Flores, iniciado el 24 de abril de 1998.  Como ejemplos ver caso de Luz Ivonne de la O Garca y caso de Ana Gil Bravo  Se les debe tomar una muestra de sangre desde el momento en que avisan a las autoridades sobre la desaparicin con el fin de reconocer el cuerpo con ms que el reconocimiento de los familiares. ]3@MO})B D S b r s   G V &&,,~-Q/R/j/BBTUJ[l[bbddQrmr s suuvvvvxXyYy CJOJQJmH sH B*aJmH phsH j0JU5\5\mH sH aJnH tH nH tH mH sH 5OJQJ\^JmH sH 2j5CJOJQJU\^JaJmHnHsH u"5CJOJQJ\^JaJmH sH 6   8\]^_`abcdefghijk$a$$a$/023456789:;<=>?@MNO+,B C D $a$$a$D R S T b c r s   &'CDL01$a$G H V ""&#''((**,,,C-D-Q/R/j/\0]003$a$ 8!$a$3366s8t8n9o9s9t9u9H=I=@@BBBBeCfCDDbFcF3I4IvJwJ$a$wJ3P4PlSmSTTTUWWZG[H[I[J[l[F^G^__bbbbmenehh$a$$a$hii3l4lnnOrPrQr_r`rmrss(u)uvvxx-x{{{{ {/{$a$$a$Yyyy{ {j{WJr<4XKLͥΥե֥ݥޥ $%j /1 !$#"<\ \mH sH 5\mH sH CJOJQJmH sH  j0JU65 5mH sH j0JUmH sH mH sH M/{j{k{}~*~B~~ABUVWgjkӅԅ/ & F/0*+ތߌIJKLdrs[\+,:;;()234BYZўMN`a#$ͥΥӥե֥ۥݥޥ i$$IfF0ON304 Fa$If#[ ƪǪ i$$IfF0ON304 Fa$IfAB/0MN$%jk`$a$>? 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